Calendario legal y tributario 2027 para sociedades.
Los vencimientos recurrentes de una sociedad en Costa Rica ante Hacienda, la CCSS, el INS, el Banco Central, la municipalidad y sus propios órganos. Cada plazo indica quién debe cumplir, la consecuencia de no hacerlo y su fuente oficial. Cuando un vencimiento cae en día inhábil, los plazos tributarios se extienden al primer día hábil siguiente (Código de Normas y Procedimientos Tributarios, art. 10).
A más tardar el día 15 de cada mes, por las operaciones del mes anterior (Ley del IVA, art. 27). Si vence en día inhábil, se traslada al siguiente día hábil.
Quién
Contribuyentes inscritos en el impuesto al valor agregado, aunque en el mes no haya impuesto por pagar.
Institución
Ministerio de Hacienda (TRIBU-CR)
Si no se cumple
Presentar tarde la declaración: multa del 50 % de un salario base (CNPT art. 79). Pagar tarde: multa del 1 % por mes o fracción, hasta un 20 % (art. 80 bis), más intereses (art. 57).
Retenciones en la fuente (salarios: formulario 138; otras rentas según su formulario)
Cuándo
Dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente a la retención, con la declaración jurada mensual (Ley 7092, arts. 23 y 42). Mismo calendario que el IVA.
Quién
Patronos y agentes de retención.
Institución
Ministerio de Hacienda (TRIBU-CR)
Si no se cumple
Presentar tarde la declaración: multa del 50 % de un salario base (CNPT art. 79). Pagar tarde: multa del 1 % por mes o fracción, hasta un 20 % (art. 80 bis), más intereses (art. 57).
Presentación del día 26 de cada mes al cuarto día hábil del mes siguiente (grandes clientes, hasta el tercer día hábil). El pago vence entre el 16 y el 20 de cada mes, según la fecha que muestra la Oficina Virtual.
Quién
Todo patrono inscrito.
Institución
Caja Costarricense de Seguro Social
Si no se cumple
Si la planilla no se presenta, recargo del 2 % sobre las cuotas del Seguro de Salud y otro 2 % sobre las de Invalidez, Vejez y Muerte. Pasada la fecha de pago, intereses y recargos.
Planilla del seguro de riesgos del trabajo (RT-Virtual)
Cuándo
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de corte de la planilla, según el calendario anual del INS.
Quién
Todo patrono, obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos del trabajo (Código de Trabajo, art. 193).
Institución
Instituto Nacional de Seguros
Si no se cumple
Si una persona trabajadora no está asegurada, todas las prestaciones del riesgo corren a cargo exclusivo del patrono, con intereses (Código de Trabajo, art. 231).
IVA y retenciones: vencimientos del día 15 en 2027
Regla legal aplicada al calendario 2027: si el día 15 es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil (CNPT art. 10; feriados del Código de Trabajo, art. 148). Confirme cada fecha en el calendario fiscal de Hacienda.
Varía según la ley de patentes de cada cantón. Ejemplo: en San José, la declaración jurada de ingresos brutos se presenta cada año a más tardar el 15 de enero y el impuesto se paga por trimestre.
Quién
Sociedades con licencia comercial municipal.
Institución
Municipalidad del cantón donde opera la empresa
Si no se cumple
En San José, si no se presenta, se aplica la calificación del año anterior y una multa del 20 % del impuesto pagado ese año (Ley 5694, art. 10). Revise la ley de su cantón.
Dentro de los primeros 30 días naturales siguientes al 1 de enero (Ley 9428, art. 4). Como el 31 de enero de 2027 es domingo, el plazo se extiende al primer día hábil siguiente (CNPT art. 10). El monto es un porcentaje del salario base, entre el 15 % y el 50 % según la condición y los ingresos de la sociedad.
Quién
Sociedades mercantiles, sucursales de sociedades extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas en el Registro Nacional, salvo las exenciones de ley.
Institución
Ministerio de Hacienda
Si no se cumple
Intereses y sanciones del CNPT. Mientras haya mora, el Registro Nacional no emite certificaciones de personería ni inscribe documentos a favor de la sociedad, y esta no puede contratar con el Estado. Tres períodos consecutivos sin pagar son causal de disolución (Ley 9428, arts. 5 y 7).
Declaración anual del impuesto sobre las utilidades (formulario 102, período 2026)
Cuándo
Dentro de los dos meses y quince días naturales siguientes al cierre del período fiscal; se declara y se paga a la vez (Ley 7092, art. 20). En TRIBU-CR la antigua D-101 es el formulario 102.
Quién
Personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta, con período fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre.
Institución
Ministerio de Hacienda (TRIBU-CR)
Si no se cumple
Presentar tarde la declaración: multa del 50 % de un salario base (CNPT art. 79). Pagar tarde: multa del 1 % por mes o fracción, hasta un 20 % (art. 80 bis), más intereses (art. 57).
Miércoles 31 de marzo de 2027 (ejercicio enero–diciembre)
Asamblea ordinaria anual de accionistas
Cuándo
Por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio económico (Código de Comercio, art. 155). Aprueba el informe de resultados, decide la distribución de utilidades y hace los nombramientos que correspondan. Con ejercicio de enero a diciembre, el plazo vence el 31 de marzo.
Quién
Sociedades anónimas (en las de responsabilidad limitada, la reunión de socios del art. 94).
Institución
La propia sociedad (actas en los libros legalizados)
Declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF)
Cuándo
Declaración ordinaria anual con la situación actual, en el mes de abril de cada año: del 1 al 30 de abril.
Quién
Personas jurídicas y fideicomisos obligados a suministrar información de su capital accionario y beneficiarios finales.
Institución
Banco Central de Costa Rica (Central Directo) y Ministerio de Hacienda
Si no se cumple
Multa del 2 % de los ingresos brutos, con un mínimo de 3 y un máximo de 100 salarios base, previo apercibimiento. Si el incumplimiento persiste, el Registro Nacional no emite certificaciones de personería ni inscribe documentos de la sociedad (CNPT art. 84 bis).
Primer pago parcial del impuesto sobre las utilidades
Cuándo
A más tardar el último día hábil de junio. Cada pago es una tercera parte del 75 % del impuesto base (Ley 7092, art. 22; Transitorio I del Reglamento, citado en la Ley 9635).
Quién
Personas jurídicas obligadas a pagos parciales.
Institución
Ministerio de Hacienda
Si no se cumple
Intereses por los pagos parciales no realizados (CNPT art. 57) y multa por pago tardío (art. 80 bis).
Dentro de los veinte primeros días de diciembre. Equivale a un mes de salario, calculado sobre lo devengado en los doce meses anteriores al 1 de diciembre (Ley 2412, arts. 1, 2 y 4).
Quién
Todo patrono del sector privado, a cada persona trabajadora.
Institución
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Si no se cumple
Infracción a las leyes de trabajo, sancionable con las multas de los arts. 398 y 400 del Código de Trabajo.
De forma permanente: las actas de asamblea, el registro de socios y, en las sociedades anónimas, las actas del consejo se llevan en libros legalizados por el Registro Nacional, que pueden llevarse en formato digital con firma digital (Código de Comercio, art. 263). Los libros contables no se legalizan ante el Registro (art. 251).
Este calendario es información general y no sustituye la asesoría sobre la situación de una sociedad en particular. Las fechas se obtuvieron de la ley y de fuentes oficiales vigentes al 2 de noviembre de 2026 y están sujetas a los calendarios oficiales que publiquen el Ministerio de Hacienda, la CCSS, el INS, el Banco Central y cada municipalidad, así como a reformas posteriores. Algunas obligaciones dependen del régimen, el tamaño o la actividad de la sociedad.
Mayid Brenes · Abogado y notario · mayidbrenes.com